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Marco jurídico

Reglamento de la JERS

Acuerdo

Acuerdo entre la Autoridad Bancaria Europea y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación y la Autoridad Europea de Valores y Mercados y la Junta Europea de Riesgo Sistémico de 25 de noviembre de 2011 sobre el establecimiento en la Secretaría de la JERS de procedimientos de confidencialidad específicos a fin de salvaguardar información referida a entidades financieras e información por la que puedan identificarse entidades individuales

Decisiones

La Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS) puede adoptar las decisiones necesarias para garantizar el desempeño de las funciones que se le han encomendado, también a efectos organizativos y de políticas. Esto significa que las decisiones de la JERS pueden asimismo modificar o derogar las adoptadas con anterioridad. La JERS determinará, caso por caso, si una decisión debe hacerse pública.

La Decisión ESRB/2020/3 (por la que se modifica la Decisión ESRB/2011/1) y la Decisión ESRB/2011/2 establecen, respectivamente, el marco para la adopción del Reglamento interno de la JERS y sobre los procedimientos y requisitos de selección, nombramiento y sustitución de los miembros del Comité Científico Consultivo de la JERS.

La JERS también ha adoptado las Decisiones ESRB/2018/7, ESRB/2015/4 y ESRB/2021/7 (por la que se modifica la Decisión ESRB/2015/4), que juntas crean un marco de coordinación para la JERS y las autoridades pertinentes, como las autoridades supervisoras o macroprudenciales.

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